El consejo de ministros decidió el viernes pasado presentar un proyecto de ley para mejorar el mercado hipotecario antes del verano. Me parece una idea muy buena y espero que el articulado de la ley esté a la altura de las circunstancias. Lo poco que conozco hasta ahora es lo que ha aparecido el los telediarios y periódicos. Me gustaría comentarlo:
1) Se regulan las hipotecas inversas o hipotecas-pensión: Me parece algo brillante. Una hipoteca inversa es un contrato mediante el cual una persona o matrimonio con un piso puede recibir una renta mensual por un número determinado de años o hasta el fallecimiento de uno o los dos cónyuges a cambio de hipotecar su casa, pudiendo vivir en la misma entre tanto. En España que yo sepa sólo Caixa Terrassa e Ibercaja la comercializan abiertamente, y BBVA y La Caixa la ofrecen sólo a clientes que preguntan por ella. El problema de la hipoteca inversa es que una entidad con mala fe puede exprimir al pobre cliente que
2) Se cambiará el reglamento de regulación de las Sociedades de Tasación. Otra cosa buena. Los tasadores actualmente son lo menos independiente que uno pueda imaginarse. Para empezar muchos de ellos son propiedad de algún banco o caja de ahorros. Hay bancos que ofrecen hipotecas muy baratas pero cuando el cliente tasa sólo le dan el 80% de una tasación que es el 80% del valor de compraventa de la casa, es decir, el 64%, entonces de qué sirve? Por el contrario hay otros Bancos y Cajas que “hacen” tasaciones del 130% para dar créditos de alto riesgo sin que lo parezca, engañando de esta forma al Banco de España que vela por la calidad de la cartera crediticia de las instituciones financieras. Por último, es conveniente señalar que las instituciones utilizan el proceso de tasación para “atrapar” al cliente. Le suelen prometer la luna y cuando el cliente paga la tasación es cuando se cambian las condiciones del préstamo y el cliente no se suele ir ya porque ha incurrido en costes y no le queda mucho tiempo. Creo que entre las medidas del gobierno al respecto deberían estar las siguientes:
1. Ninguna sociedad de tasación podrá estar participada por una entidad financiera.
2. Una vez que una sociedad está homologada por el Banco de España para tasar un determinado tipo de inmueble, la entidad financiera tiene la obligación de aceptar esta tasación, no pudiendo vetar a unos tasadores en favor de otros.
3. El cliente elije la sociedad de tasación y la paga de su bolsillo.
4. Si el banco no está de acuerdo puede ordenar otra tasación con la compañía que él elija, y la paga el banco.
5. Si no hay acuerdo con el valor de tasación entre ambas partes se eleva el caso a un organismo rápido de arbitraje supervisado por el Banco de España o quien corresponda, que elije un tercer tasador para deshacer el empate. El coste lo paga la parte perdedora.
6. Todas las tasaciones llevadas a cabo deberán ser depositadas en un registro informatizado que servirá para que el Banco de España lleve a cabo las correspondientes inspecciones en busca de sesgos en los valores. Se podrán imponer sanciones y/o la pérdida de la homologación correspondiente.
3) Se van a reducir los costes de cambio de hipoteca. Esto sería desde luego muy bueno para la industria de intermediación financiera y para la sociedad en general. Hay que tener en cuenta que una hipoteca ya ha dejado de ser un préstamo para comprar una vivienda. Una hipoteca es realmente un préstamo que cuenta como garantía de pago una vivienda. El destino de los fondos obtenidos puede ser empleado para iniciar un negocio, invertir en fondos, comprar un coche, etc. Es por tanto muy importante para la economía de las familias y de las pequeñas y medianas empresas el que se puedan originar, modificar y cancelar hipotecas de manera ágil y eficiente para cubrir sus necesidades financieras del momento. Los costes de cambio de hipoteca son básicamente de dos tipos:
1. Papeleo: se puede mejorar mucho en este aspecto si se emplean adecuadamente las tecnologías de
2. Comisiones de cancelación y subrogación. Estoy a favor de reducir o eliminar las comisiones que pueden cobrar las instituciones financieras por cancelar o mover
interesante
perito